Diputados dio media sanción a la reforma laboral 2026. Cambian indemnizaciones, jornada, vacaciones y salario, y se anuló el artículo sobre licencias médicas.

La Cámara de Diputados aprobó la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei, aunque el proyecto todavía no es ley: al haber sufrido modificaciones deberá volver al Senado para su sanción definitiva. La intención oficial es acelerar el trámite y lograr la aprobación final en los próximos días. Con más de 30 cambios introducidos durante el debate legislativo, la norma redefine aspectos clave del régimen laboral argentino, desde indemnizaciones y jornadas hasta convenios colectivos y licencias médicas.
Licencias por enfermedad: se cayó el artículo más polémico
Uno de los puntos más discutidos fue el cambio en el pago de salarios durante licencias por accidente o enfermedad no laboral. El texto original reducía el salario al 50% o 75% según el caso, pero ese artículo fue eliminado en Diputados. Así, se mantiene el régimen vigente: el trabajador seguirá cobrando el 100% del sueldo durante tres o seis meses —según antigüedad— y con plazos extendidos si tiene cargas de familia.
Indemnizaciones y juicios laborales
La reforma modifica la base de cálculo de las indemnizaciones por despido, ya que excluye conceptos como aguinaldo, vacaciones y premios no habituales, lo que reduce el monto final. Además, las empresas podrán pagar condenas judiciales en cuotas (hasta seis para grandes firmas y doce para pymes). También se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con aportes ligados a ANSES, destinado a cubrir indemnizaciones, mientras que las actualizaciones judiciales deberán ajustarse por IPC más un 3%.
Jornada laboral, horas extras y vacaciones
El nuevo esquema habilita jornadas de hasta 12 horas diarias, siempre que se respeten 12 horas de descanso. A la vez, se incorpora un «banco de horas», que permite compensar horas extras con días libres en lugar de pago adicional. En vacaciones, se autoriza el fraccionamiento en períodos mínimos de siete días por acuerdo entre empleador y trabajador, con la obligación de garantizar al menos un período estival cada tres años.
Salarios y convenios: más flexibilidad
La reforma redefine el concepto de remuneración y habilita el pago en pesos o moneda extranjera, además de una parte en especie. Introduce también el «salario dinámico», que podrá acordarse en convenios colectivos o incluso a nivel de empresa, ligado a productividad o desempeño. En paralelo, cambia el esquema de negociación colectiva: los convenios por empresa ganan peso frente a los sectoriales y se limita la ultraactividad, es decir, la continuidad automática de acuerdos vencidos.
Huelgas, antigüedad y formalización laboral
Se amplía el listado de sectores esenciales —como telecomunicaciones, comercio y educación— donde deberá garantizarse al menos el 75% del servicio durante huelgas. Además, las asambleas en lugares de trabajo requerirán autorización del empleador y no serán remuneradas. Otro cambio relevante es que la antigüedad dejará de computarse si un trabajador reingresa a la misma empresa luego de dos años. A la vez, se crea un régimen temporal de incentivos para la formalización laboral, con reducción de contribuciones patronales y condonación parcial de deudas previsionales.
Plataformas, teletrabajo y regímenes especiales
La norma regula a los trabajadores de plataformas de delivery y transporte, obligándolos a inscribirse en ARCA y a contar con seguro de accidentes, aunque aclara que no existe relación laboral con las apps. También se deroga la Ley de Teletrabajo, reemplazándola por modalidades más flexibles, y se prevé la eliminación de varios estatutos laborales especiales a partir de 2027, que deberán ser reemplazados por nuevos acuerdos.











