La AFIP actualizó los valores para solicitar el certificado de exclusión de retención de Ganancias
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la actualización de los valores para los contribuyentes que solicitan el certificado de exclusión de retención del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal iniciado el 1° de enero pasado.
La medida está prevista en la Resolución General 5168, que se publicó en el Boletín Oficial.
“El certificado de exclusión de retenciones del Impuesto las Ganancias puede ser solicitado por los contribuyentes inscriptos en el impuesto a las Ganancias y se otorgará por un plazo de 1 año contado desde la fecha de otorgamiento”, señaló el organismo a través de un comunicado.
Los contribuyentes pueden solicitar en cualquier mes de año el certificado a través de una nueva versión del aplicativo “Solicitud de Exclusión Retención del Impuesto a las Ganancias – Versión 2.0”. Los requisitos para solicitar el certificado son, entre otros, los siguientes:
• Alta en el impuesto a las Ganancias.
• Información actualizada de la actividad económica.
• Domicilio fiscal actualizado.
• Presentación de las declaraciones juradas determinativas y nominativas de los recursos de la seguridad social y del impuesto al valor agregado correspondientes a los 12 últimos períodos fiscales o las que corresponda presentar desde el inicio de la actividad. Además la última declaración jurada de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y sobre los bienes personales
• No registrar deuda líquida y exigible con la AFIP .
• Contar con la vigencia de al menos un Código de Autorización de Impresión -CAI-, al momento de la presentación de la solicitud.
En 2020, la AFIP implementó un procedimiento simplificado para que las entidades sin fines de lucro tramiten la exención. Desde entonces, cooperadoras escolares, asociaciones de bomberos voluntarios y cooperadoras hospitalarias, entre otros, pueden solicitar la no retención a través del servicio con clave fiscal “Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias”, opción «Régimen Simplificado – Ingresar Solicitud».
Para solicitarlo, los nuevos importes quedan establecidos de la siguiente manera:
El artículo 5 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, dice que los montos “se ajustarán anualmente, a partir del 1 de enero de 2022”, lo que da a entender que arrancaría al día siguiente. Pero el organismo recaudador resolvió las dudas que dejaba el texto al publicar allí la nueva escala.
Las empresas que iniciaron su ejercicio fiscal el 1 de enero pasado pagarán Ganancias del siguiente modo: las que tengan beneficios anuales hasta $7,6 millones, el 25%; las que tenga beneficios entre $7,6 millones y $76 millones, el 30%; y las que tienen beneficios por más de $76 millones al año, el 35%. A esas alícuotas se le debe sumar una retención del 7% en el caso de que las empresas distribuyan la rentabilidad entre sus socios.