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ARCA fija montos clave: cuándo tus transferencias se reportan

ARCA fija montos clave: cuándo tus transferencias se reportan

Aunque no hay tope para transferir, Agencia de Recaudación y Control Aduanero monitorea movimientos desde ciertos montos. Superarlos puede activar reportes automáticos y pedidos de justificación.

ARCA no fija un tope para transferir dinero entre cuentas propias, pero sí establece montos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deben informar los movimientos

  • En abril de 2026, ese control alcanza a las operaciones que, en el total mensual, igualen o superen los $50.000.000 para personas humanas y los $30.000.000 para personas jurídicas.

Estos valores funcionan como un mecanismo de fiscalización para detectar operaciones que puedan requerir una justificación sobre el origen de los fondos. La supervisión no distingue si se trata de transferencias a terceros o entre cuentas del mismo titular: si impactan en los ingresos, egresos o en el saldo final, quedan dentro del análisis mensual que realiza el organismo.

Además de las transferencias o acreditaciones, ARCA también contempla otros parámetros. Entre ellos figuran las extracciones en efectivo, con un umbral de $10.000.000 tanto para personas físicas como jurídicas; los saldos bancarios al cierre de mes, con topes de $50.000.000 y $30.000.000, respectivamente; las transferencias en billeteras virtuales, con esos mismos valores; y los plazos fijos, que se informan desde $100.000.000 en personas físicas y $30.000.000 en jurídicas.

En los casos en que las operaciones estén expresadas en moneda extranjera, la conversión a pesos se realiza tomando el tipo de cambio comprador del Banco Nación al cierre del último día hábil de cada mes. Si se trata de criptomonedas o activos digitales, el cálculo se hace según la cotización que determine la entidad obligada a informar al finalizar ese período.

Si se superan esos montos, la entidad financiera o plataforma debe reportar automáticamente a ARCA información como las cuentas vinculadas, los datos identificatorios del titular, los movimientos de ingresos y egresos, el tipo de operación, los saldos mensuales completos y la eventual relación con otras cuentas o terceros. Por eso, aunque no exista una prohibición para mover dinero entre cuentas propias, exceder esos umbrales puede derivar en controles, pedidos de documentación o verificaciones fiscales.

Guardado en Actualidad, El Pais 1 abril, 2026 – 10:19 am

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